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[III:81v] fue conclusso.

E visto por los dichos nuestro presidente e oidores, proveyeron auto de revista del tenor siguiente ==

En la ciudad de Granada a veinte e nueve de mayo de mill e quinientos e noventa e siete años, visto por los señores oidores de la audiencia de su majestad la petición de suplicación ante ellos presentada por parte de Don Alonso Venegas de Granada, gobernador del partido de Ocaña en el pleito que trata con el concejo de Santa Cruz de la Çarça, en que suplica de un auto en el dicho pleito por los dichos señores, proveido un veinte e cinco de henero del año pasado de noventa e seis, en que mandaron dar al dicho concejo de Santa Cruz tercera carta de las dadas por quel governador de Ocaña e su alcalde mayor cumpliense un previlexio ==

Dixeron que, sin enbargo de la dicha petición de suplicación, confirmavan159

159. [Repetido y tachado: “y confirmavan”]