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[I:6v] de Orozco, Commendador, ni los otros Commendadores que fuesen después del, no llevasen más de la quarta parte de las tales penas e para la otra quarta parte que ha de aver del dicho concejo, que pusiese el concejo un home bueno para que lo coja e repare en el adarve33 de la dicha villa, e que de quenta dello quando le fuere demandada, e todavía, que mandava que el dicho Commendador no llevase más de la dicha quarta parte, él ni otro Commendador qualquíer que después dél fueren. Item se contiene en este dicho previllejo otra cláusula, que el dicho concejo se querellara al dicho maestre que el dicho Juan de Horozco, Commendador, se entremetía a dar alvalaes34 a qualesquier personas de fueraparte35 para que cortasen leña en el dicho su monte, lo qual los Commendadores passados nunca ovieron de uso ni se entremetían de lo hacer: por ende que mandava que nin el dicho Commendador nin otros Commendadores non se entremetiesen a dar tales cartas, nin alvalaes, nin dar leña del dicho monte a ningunas personas sin voluntad e consentimiento del dicho concejo, e que ellos, ni qualesquier Commendadores, que en derredor de la comarca non fuesen osadas de yr ni pasar contra lo en la dicha su carta de previllejo contenido, nin contra parte dello, so las penas en él contenidas, e que, con consejo e otorgamiento de los priores e Commendadores mayores e de los trezes e de otros Cavalleros que estavan en el dicho cabillo, assí lo mandó tener e guardar, so ciertas penas.


(Doc.10) Otrosí vimos otra carta de confirmación nuestra, scripta en pargamino e firmada de nuestro nombre e sellada con nuestro sello, que fue dada en Medina del Campo a veinte e nueve días de março del año del nascimiento de nuestro señor Jesu Christo de mil e quatrocientos e trece años, en que se contiene que confirmamos al dicho concejo e officiales e homes buenos de la dicha nuestra villa de Sancta Cruz su fuero e sus previllejos, e cartas, e mercedes, franquezas e libertades

33. Muralla (D.R.A.E.)
34. Albalá: Carta o cédula real en que se concedía alguna merced, o se proveía otra cosa. Documento público o privado en que se hacía constar algo (D.R.A.E.)
35. De otros lugares