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[III:91r] (Doc.41)

[SELLO] + 10 maravedís
SELLO QUARTO, DIEZ MARAVEDIS, AÑO DE MIL Y SESCIENTOS Y SESENTA Y UNO

En la villa de Santa Cruz de la Çarça, a veinte y cuatro días del mes de diziembre de mill y seiscientos y sesenta y un años, a pedimiento de Francisco Cano Coronado, procurador síndico de su dicha villa, requirió con el previlexio y Real executoria que esta dicha villa tiene ganada de su magestad en razón de la primera ynstancia, a su merced el Sr. Licenciado D. Melchor Lope de Lara, alcalde mayor de la villa de Ocaña y su provincia, que de presente está en visita en esta villa, para que se guarde y cumpla como en él se contiene, y lo pidió y yo lo fize y lo firmó Francisco Cano Coronado El suso dicho alcalde mayor, aviendo visto y oydo y entendido el dicho real previlejio y carta executoria, la besó y puso sobre su cabeça y obedeció con el acatamiento debido, como carta de su Rey natural, y en su cumplimiento dijo se guarde, cumpla y ejecute en todo y por todo como en ella se contiene y lo firmó

Melchor Lope de Lara

FIN DEL TEXTO DEL LIBRO DE LOS PRIVILEGIOS