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[III:83r] de Santa Cruz los dichos quatro ducados en que por el dicho auto fue condenado, e si luego no los diere le saquéis prendas por ellos so la dicha pena, so la qual mandamos a qualquier escrivano notifique e dé testimonio.

Dada en Granada a trece días de el mes de junio de mill e quinientos e noventa e siete años

Yo, Juan de Castro, escrivano de la Cámara de la Audiencia del Rey nuestro señor, la fice escribir por escrivano con acuerdo del consejo y oydores della

Chanciller Alcocer Cuenca

Registrada Francisco Paz Guadiela