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[III:90r] (Doc.40)

[SELLO] + 10 maravedís
SELLO QUARTO, DIEZ MARAVEDIS, AÑO DE MIL E SESCIENTOS E QUARENTA Y DOS

En la villa de Santa Cruz de la Çarça, en diez y nueve días del mes de nobiembre de mill y seiscientos y quarenta y dos años, de pedimiento de Luis Cano, procurador síndico desta villa, requirió con el previllegio y rreal executoria questa dicha villa tiene ganada de su magestad en raçón de la primera ynstancia, della a la merced del señor don Andrés Criado de Castilla, caballero de la Horden de Santiago y gobernador y Justicia mayor de la villa de Ocaña e su partido, que de presente está su visita en la dicha villa, para que le guarde y cumpla como en él se contiene y lo pidió por testimonio =

El dicho señor gobernador, abiendo visto y entendido el dicho rreal previlejio y rreal executoria, le bessó y puso sobre su cabeça y obedeció con el acatamiento debido, como carta de su rreal señor natural, y en su cumplimiento dijo que se guarde cumpla y execute en todo y por todo como en ello se contiene y lo firmó, de lo qual doy fee =

Don Andrés Criado de Castilla

Ante mí Joan de Salaçar


[III:9ov en blanco]