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[I:7r] que tenían e les fueron fechas por los maestres Don Pelay Pérez e Don Juan Osores e Don Diego Moñiz e Don Garci Fernández e Don Vasco Rodríguez e don Alfonso Méndez e Don Fadrique e don Rodrigo Yñiguez e Don Gonçalo Mesía e Don Fernán Osores e Don Lorenço Suárez de Figueroa, nuestros antecesores, a quien Dios perdone, e buenos usos e costumbres a que eran poblados, de que siempre avían usado e usavan, que mandamos que les fuese todo guardado segúnd que mejor e más cumplidamente les fuera guardado en los tiempos pasados, so ciertas penas.

(Doc.11) Item vimos dos cartas de compusición, scriptas en pargamino e selladas con los sellos de los concejos de la dicha nuestra villa de Sanctacruz e Villoria, fecha la una mediado el mes de febrero, Era de César e año de mil e trezientos e quarenta e ocho años, e la otra fue fecha a dos días de Julio de la dicha Era de César de mil e trezientos e noventa e seis años, en que se contiene que corten e pazcan e cacen los unos en los términos de los otros, e que bevan las aguas.

(Doc.12) Item vimos una scriptura signada de scrivano público, scripta en pargamino, en que se contiene que, sobre contienda que era entre los concejos de la dicha villa de Sanctacruz e Tarancón sobre parte de término, que pasó ante Sancho Periz, vezino de Sanctacruz, e Pascual Periz, vezino de Tarancón, assí como alcaldes árbitros, e Velasco García e Yuanes García de Villanchón36, dados por terceros e a consentimiento de amos37, los concejos de Sanctacruz e de Tarancón declararon los mojones de entre amos lugares en la dicha carta contenidos.

(Doc.13) Item tenemos otra sentencia, scripta en pargamino e firmada de Fernán Alfonso, alcalde mayor que era de el maestre don ---- dada a veinte e un días del mes de abril Era de mil e quatrocientos e diez e ocho años, en que paresce38 que contendieron en juicio ante el dicho alcalde Juan Alfonso, alguazil de Sancta Cruz, procurador Alfonso Fernández Verdugo,


36. Belinchón
37. Ambos
38. En la que figura